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de PALAU RAMIREZ,FELIPE
de PALAU RAMIREZ,FELIPE
La obligación de uso de la marca se consolidó como principio configurador del sistema de marcas nacional con la Ley de Marcas de 1988, en la que se favorecía el mantenimiento por su titular de marcas defensivas, dificultando el acceso al registro de marcas posteriores. En cambio, la Ley de 2001, en la que se centra el presente estudio, ha optado por facilitar el acceso al registro de nuevas marcas mediante la reducción de los efectos del uso a aquellos productos y servicios en relación con los cuales efectivamente se ha usado la marca y la ampliación de los procedimientos o trámites en los que la falta de uso puede esgrimirse.