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de PEREZ CONESA,CARMEN
de PEREZ CONESA,CARMEN
En la determinación de las medidas que deben adoptarse tras las crisis matrimoniales juega un papel preponderante el acuerdo de las partes. Cuando éste no es posible, las medidas se adoptarán judicialmente conforme a los criterios establecidos en los arts. 92 y ss. Del Código civil. Esta monografía se dedica al estudio de cada una de dichas medidas y a la modificación de las mismas cuando un cambio sustancial de circunstancias así lo permite. La casuística que acompaña a estas cuestiones exige prestar atención a los pronunciamientos judiciales, que conforman lo que se denomina jurisprudencia menor sobre modificación de medidas.