¿Necesitas ayuda? Llámanos al 967 225 863
de MORENO VIDA,MARIA NIEVES
de MORENO VIDA,MARIA NIEVES
La profunda modificación del derecho vigente llevada a cabo por la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (en adelante, LC), afecta de manera importante a las relaciones de trabajo, y dentro de ellas, especialmente a la relación laboral especial del personal de alta dirección. En una situación de concurso de acreedores son h eterogéneos los intereses en juego. De un lado, los intereses del acreedor a que sus derechos se limiten lo imprescindible -y con las debidas garantías- a los fines del concurso de otro, el denominado interés del concurso , compuesto por el interés los acreedores que aspiran a la satisfacción de su crédito (interés solutorio, orientado al cobro de los créditos concurrentes). Dentro del grupo de acreedores se encuentran los trabajadores de los que es deudor el empresario, pero en una posición jurídica donde además peligra seriamente su estabilidad laboral. De ahí la particularidad importante de este tipo de acreedores, dado que la situación empresarial compromete sus condiciones laborales o el propio mantenimiento del empleo.