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de ATXUTEGI GUTIERREZ, JON
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de ATXUTEGI GUTIERREZ, JON
HistÒricamente, en los sistemas legitimarios de naturaleza colectiva, el apartamiento se ha encontrado ligado -como pieza limitadora y, a su vez, como cauce de exclusiÒn sucesoria- a la libertad de distribuciÒn que ostenta el causante. Estos ordenamientos, que se caracterizan por una mayor flexibilidad en aras a mantener Íntegro e indiviso el patrimonio familiar, parten de una interconexiÒn sistemÄtica entre la fÉrrea obligaciÒn de apartar, es decir, de recordar y nombrar a todo legitimario, y la facultad de libre distribuciÒn, que permite y articula el sistema de heredero ×nico. Precisamente, las coordenadas normativas vizcaÍnas de ambos elementos -la facultad de libre distribuciÒn y el apartamiento-, han sido alteradas en todas y cada una de sus redacciones, desde el Fuero Viejo de 1452 hasta la Ley 3/1992.
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