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de FERNANDEZ DEL POZO,LUIS
de FERNANDEZ DEL POZO,LUIS
Lo primero debe ser tratar de encajar las operaciones típicas de "modificación estructural" que son las fusiones y escisiones dentro de la categoría, jurídico-contable, de las "combinaciones de negocios" o "combinaciones de empresas". Ni toda fusión o escisión es calificable de tal, ni sólo las fusiones y las escisiones merecen dicho trato contable. Supuesta esa calificación contable previa, es necesario admitir la existencia de una "eficacia contable" específica de las correspondientes operaciones y que es lo que justifica un tratamiento relativamente autónomo de todas las cuestiones que se examinan en esta monografía, en la que se ha puesto un especial cuidado en analizar nuestro Derecho positivo y mercantil de fusiones a la luz de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Un singular esfuerzo interpretativo se centra en el estudio detallado de los problemas jurídico de la estructura de capital resultante de este tipo de operaciones: capital post-fusión, primas y otras diferencias de fusión, etc. Sobre el contenido del derecho contable de fusiones y la categoría contable de las "combinaciones de negocios". La eficacia contable de la fusión o escisión. La denominada "retroactividad contable". La información contable en la fase preparatoria de la fusión. El cierre contable en la extinguida e imputación de resultados en la absorbente/beneficiaria o resultante. El registro contable de la fusión en la absorbente/beneficiaria o resultante. La restructuración del neto patrimonial en fusiones y escisiones. Capital, primas y demás ajustes de fusión.