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de RODRÍGUEZ IZQUIERDO, RAQUEL / BURRIEL RODRÍGUEZ, MARÍA JOSÉ
de RODRÍGUEZ IZQUIERDO, RAQUEL / BURRIEL RODRÍGUEZ, MARÍA JOSÉ
Cualquier estudio que intente abordar algun aspecto de la prevencion de riesgos laborales en nuestro pais, debe partir, por reiterativo que pueda resultar del art. 40.2 de la Constitucion Española. Dicho precepto encomienda a los poderes publicos, entre otras cosas, con una intencion generalista, velar por la seguridad e hi giene en el trabajo. De esta manera, la Constitucion refleja y asume la necesidad de proteccion o tutela de la seguridad y salud de los trabajadores que se incorpora a derechos basicos tales como la vida, la integridad fisica o la salud. La clasica expresion de la seguridad e higiene en el trabajo ha sido sustituida por la mas acorde con los tiempos de prevencion de riesgos laborales, tal y como se observara en la normativa internacional y en la nacional a partir de la Ley de Prevencion de riesgos laborales, Ley 31/1995 de 8 de noviembre (LPRL). Es en la Exposicion de motivos de la LPRL donde se afirma que la imposicion constitucional implica la necesidad de desarrollar una politica de proteccion de la salud de los trabajadores mediante la prevencion de los riesgos derivados del trabajo,