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de DEPARTAMENTO JURÍDICO DE SEPÍN FAMILIA Y SUCESIONES
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Los procesos de incapacitación reúnen una serie de especialidades imprescindibles de conocer, como los nuevos criterios que marca la Convención de Nueva York sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La elección del Juzgado competente exige saber que corresponderá siempre al del domicilio del incapaz, pues en estos procesos no se perpetúa la jurisdicción. La necesidad de oír al presunto incapaz y a los parientes más próximos o, en su caso, al tutor o curador, son también requisitos esenciales cuya omisión determinaría una posible nulidad de actuaciones. Especial complejidad tienen los internamientos de personas con trastorno psíquico ¿Es imprescindible siempre la autorización judicial?, existen razones de urgencia que permiten en ocasiones actuar de forma inmediata, pero cumpliendo una serie de requisitos que no pueden eludirse y que se han recogido de forma reiterada en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, debiendo quedar acreditada la existencia de una perturbación mental a través de un dictamen pericial médico objetivo, que la perturbación tenga suficiente amplitud y que los motivos que justificaron su acuerdo persistan en el momento de dictar la resolución.